Consejo de Monumentos y Proyecto "Línea 7 Metro de Santiago"

Compartimos el documento entregado por el Consejo de Monumentos Nacionales, al Servicio de Evaluación Ambiental, a propósito del proyecto "Linea 7 Metro de Santiago", en el que se solicita a Metro una serie de aclaraciones y de medidas de mitigación, ante posibles daños al Patrimonio Cultural 

ORD. Nº 1624

ANT: Oficio Nº 0552 Solicitud de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Línea 7 Metro de Santiago"

MAT: Se pronuncia sobre el Estudio de Impacto Ambiental que indica

Santiago, 13 de mayo de 2020



DE: Señor Erwin Brevis Vergara
Secretario Técnico
Consejo de Monumentos Nacionales
A: Señorita Andelka Vrsalovic Melo
Directora
Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó el la Adenda del proyecto ?Línea 7 Metro de Santiago". De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado tiene las siguientes observaciones:

  1. Línea de Base
    1.   Componente Arquitectónico – Monumentos Públicos (MP)

       Con respecto a los últimos antecedentes recibidos en Adenda 1, sobre Monumentos Públicos (MP) se deben subsanar observaciones del Ord. CMN Nº 3911 del 06.09.2019, y remitir más antecedentes; dicha información debe estar contenida en un anexo, a saber:

      Según lo indicado en el documento “Adenda Estudio de Impacto Ambiental Proyecto Línea 7 Metro de Santiago”, en la Tabla IV-22 Inventario MP/Esculturas no conmemorativas, se hace referencia al Monolito Sociedad Japonesa e indica que es una escultura no conmemorativa, se debe corregir e indicar que, sí es Monumento Público, protegido por la Ley N° 17.288.

      En el Anexo “Asesoría ambiental Línea 7 Informe de Validación estación Baquedano”, se sigue contemplando el Pique de Parque Forestal como Pique de Estación (PE 11_A1) y no como pique de construcción según lo especificado en esta Adenda 1. Revisar dicha información.

      Actualizar la descripción de todas las instalaciones de faena caracterizadas en el sector Baquedano, incluyendo planimetría, que indique las dimensiones y distancias entre las unidades excavadas y los Monumentos Públicos existentes.

      Acerca de los Piques Parque Forestal [Pique de Estación (PE 11_A1)] y Parque Bustamante [Pique de Conexión Línea 5 (PE 11_A2)]:

      a)  Detallar los procedimientos que se llevarán a cabo; indicar profundidad y método de excavación que se utilizará.

      b)  Justificación de ejecución de piques de construcción en dichos espacios, estimando los deterioros posibles a realizar debido a la cercanía con los monumentos públicos, se deberá considerar ajustar esas obras del proyecto.

      c)   Se reitera la necesidad de efectuar un estudio de impacto de vibraciones constructivas en los once (11) MP identificados, que se verán afectados por el proyecto, a su vez, realizar un análisis de los impactos que tendrá el proyecto específicamente en los MP Fuente Alemana y Manuel Rodríguez producto de los procesos constructivos asociados (asentamientos y vibraciones), en virtud de la cercanía de las obras con éstos. Se deberá considerar el peso de los monumentos para realizar un estudio de resistencia del suelo ante la posibilidad de que se produzca un asentamiento del terreno, que derive en riesgo de desprendimiento, daño estructural o incremento de procesos de deterioro. La construcción de los piques no deben afectar los monumentos.

      d)      Entregar nuevos fotomontajes del cierre de instalaciones de las faenas (IIFF) de los Piques Parque Forestal y Parque Bustamante, según ubicación de los MP mencionados y en qué situación quedarían estos.

      e)   La propuesta de protección, como medida de mitigación, debe estimar un resguardo ante los deterioros propios del entorno y de los trabajos a realizar; a razón de la cercanía de estos monumentos con los cierres perimetrales y teniendo en cuenta los deterioros a los que estarán expuestos en esta situación. Así como también, ubicar el acceso del Pique de Estación (PE 11_A1) para los camiones en otro lugar y no colindante al monumento.  

      f)  Evaluar como medida de compensación (de acuerdo con el análisis de impactos): propuestas de puesta en valor, protección y de restauración para el MP Fuente Alemana y MP Manuel Rodríguez, derivada de su ubicación cercana a IIFF, considerar en esta propuesta el entorno.

      Sobre el proyecto de traslado y puesta en valor de los MP que se encuentran dentro de las instalaciones de faenas (IIFF); Obelisco los Tajamares y Busto al Cardenal Antonio Samoré, se deberá:

      a)       Realizar un estudio estructural y de fijaciones de sus distintos elementos, así como también un levantamiento crítico y diagnóstico del estado de conservación del MP Obelisco los Tajamares; para determinar si es factible proceder a su retiro, esto tanto para su traslado temporal como definitivo.

      b)      Estimar que el retiro de los monumentos y su traslado debe ser sin intervenir directamente el bien, conservando su integridad.

      c)   Incluir fotomontaje de su ubicación temporal y de puesta en valor en su ubicación definitiva.

      Los proyectos de conservación y/o restauración, traslado y puesta en valor de los MP deben ser realizados por un profesional conservador-restaurador, el proyecto debe venir firmado por el profesional a cargo.

      Efectuar una consulta de opinión a los Municipios respectivos, sobre las posibles afectaciones a las que estarán expuesta estos monumentos, considerando que son los organismos responsables de su mantención.

    2. Componente arqueológico

      Respecto a la caracterización arqueológica de las instalaciones de faenas, el titular plantea lo siguiente en el Anexo IX “Plan de Manejo Arqueológico” de la presente Adenda:

      1.    Se indica que el proyecto realizará una caracterización sub-superficial a través de pozos de sondeo en todas las instalaciones de faenas de piques de construcción, ventilación, poliducto, estaciones, talleres y cocheras, y planta de Dovelas. Pero para la construcción del proyecto se utilizan terrenos públicos y privados, por lo que no existe la posibilidad de realizar todas las prospecciones arqueológicas sub-superficiales en las zonas a intervenir durante la presente evaluación ambiental.

      A partir de lo expuesto, el CMN solicita remitir un listado con las instalaciones de faenas actualizadas del proyecto, indicando claramente las caracterizaciones a realizar durante la presente evaluación ambiental y los terrenos que no podrán ser intervenidos.

      También se solicita justificar adecuadamente la razón de realizar la caracterización arqueológica de los piques de ventilación una vez obtenida la RCA.

      2.    El documento menciona que se consideran 5 pozos de sondeo para caracterizar las diferentes instalaciones de faenas y 1 pozo para caracterizar los piques de ventilación. Se les recuerda que de no ser suficientes se deberá ampliar la grilla para delimitar la extensión horizontal de los sitios arqueológicos que se encuentren.

      3.    Pique de Estación Huelén: Debido a la imposibilidad de expandir la grilla de pozos de sondeo, al ubicarse dentro de las instalaciones de faenas del Hospital Félix Bulnes, se determina que el sitio se prolonga en la superficie total del Pique de Estación. En ese sentido, el CMN solicita remitir una propuesta de rescate donde se indique la superficie total del sitio y de las áreas de alta, mediana y baja densidad, expresadas en m2.

      4.    Pique de Construcción N° 1: De acuerdo a los resultados remitidos, que indican la presencia de un sitio arqueológico de cronología histórica, además de una posible ocupación prehispánica, el CMN reitera la necesidad de intensificar la grilla de pozos de sondeo, ubicando nuevas unidades a 10 metros de aquellas que presenten material arqueológico en estratigrafía, con el propósito de determinar la extensión horizontal del sitio, además de definir de manera adecuada la ubicación y extensión de las distintas áreas de densidad de material. Una vez realizada esta ampliación, se deberá remitir una propuesta de rescate elaborada a partir de la superficie total del sitio (que deberá ser explicitada según lo solicitado), que contemple el rescate de las áreas de alta, mediana y baja densidad, expresadas en m2. 

      5.    Pique de Estación Padre Hurtado: El CMN se pronuncia conforme con las actividades de caracterización realizadas. No obstante, se indica que no puede dar conformidad a la propuesta de rescate del Pique hasta conocer la extensión de cada área de densidad detectada, y verificar que el rescate propuesto alcance el 20% del total del sitio, según lo planteado en los antecedentes del PAS 132.

  2. Plan de cumplimiento de la Legislación Ambiental Aplicable - Permisos Ambientales Sectoriales
    1.  Permiso Ambiental Sectorial N° 131 de Monumento Histórico (MH)

      El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) no da conformidad a los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial N° 131 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en Monumentos Históricos.

      Respecto al Anexo VI.1 Actualización PAS 131, y en específico a los antecedentes de la Expresión Superficial del MH Palacio Schacht (Apéndice VI.1-1-2-3), se señala que los planos proporcionados resultan ser esquemáticos y referenciales. Se requiere un levantamiento en formato, escala y expresión coherente y legible, que permita identificar la situación actual y la propuesta de proyecto de manera precisa.

      En razón de lo anterior, se reitera lo indicado en el Ord. CMN Nº 3911 del 06.09.2019:

      1.   Entregar planimetría de arquitectura en calidad de proyecto, debidamente valorizada, acotada y a una escala adecuada (1:50 o 1:100). Considerando para ello, plantas, elevaciones, cortes y detalles, así como también planos que grafiquen en amarillo los elementos que se demuelen y en rojo los elementos que se construyen.

      2.    Entregar proyectos de especialidades (iluminación, pavimentos, mobiliario, etc.) en calidad de proyecto de arquitectura. La planos deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      3.   Entregar proyecto de paisajismo en calidad de proyecto de arquitectura, indicado los árboles que se cortan, los que se trasladan y los que no se ven afectados por las obras (exteriores e interiores) de las instalaciones de faena. Se deberá incluir en la planimetría la tabla del estado fitosanitario (pág. 61 del Anexo VI.1). Asimismo los planos deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      4.       Actualizar los fotomontajes entregados (Figura 40-41-42-43), ya que existen diferencias en lo referido a la materialidad entre estas imágenes objetivo (pavimentos, alcorques, mobiliario, etc.).

      5.       Entregar 4 fotomontajes fidedignos adicionales de la propuesta.  

      6.     Entregar un anexo aparte con EETT detalladas, este documento debe venir firmado por los profesionales responsables.

      7.  Se recomienda utilizar para el diseño del espacio público el siguiente documento “Lineamientos del CMN para espacios públicos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales”.  

      https://www.monumentos.gob.cl/servicios/tramites/lineamientos-recomendados- proyectos-intervencion-espacios-publicos-areas

      8.       El titular indica que “La propuesta busca mantener los mismos elementos del espacio público existentes, como árboles, alcorques, bancas, faroles, postes de alumbrado, basureros, paraderos y el kiosco removidos por la instalación de faena, que serán restaurados y preparados para su correcto funcionamiento. Para el caso de los pavimentos de veredas, se proyecta mantener la definición existente, previa coordinación con el municipio”. Ante lo cual, el CMN solicita que tanto los acuerdos y/o procedimientos con la I. Municipalidad de Providencia vengan descritos en la EETT.

      9.     Entregar durante la presente evaluación ambiental la propuesta museográfica, artística o patrimonial de la instalación de faenas (IIFF), en virtud de que éstas estarán aproximadamente 6 años en el área protegida. Se debe desarrollar formalmente en planimetría y EETT los cierros, además se debe entregar una memoria con la propuesta, los compromisos de mantención y el detalle de seguridad antivandálica.

    2. Permiso Ambiental Sectorial N° 132 Para Hacer Excavaciones de Tipo Arqueológico, Antropológico y Paleontológico

      Componente arqueológico 

      Una vez subsanadas las observaciones del presente documento se podrá dar conformidad al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. Nº 132 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en sitios arqueológicos. 

      1.    Se deberá remitir una tabla, en la próxima Adenda, que indique la extensión superficial de cada una de las Instalaciones de Faena caracterizadas, la distancia entre las unidades excavadas, y las dimensiones de los polígonos de los sitios detectados, incluyendo la extensión superficial de las áreas de densidad identificadas.

      1. Se reitera la solicitud de intensificar la grilla de pozos de sondeo en los piques que presenten material cultural en estratigrafía, incluyendo todas las IIFF caracterizadas hasta el momento, a excepción del P.E. Padre Hurtado, cuya caracterización se estima suficiente y P.E. Huelén donde se acoge lo planteado por el titular respecto a la imposibilidad de realizar nuevos sondeos.
      2. Respecto a lo indicado por el titular en la Adenda acerca de que la Guía de Evaluación de Impacto Ambiental del SEIA para Monumentos Nacionales del Patrimonio Cultural “nada dice respecto a la cantidad y distanciamiento de los pozos de sondeo”, el CMN señala que estas indicaciones fueron emitidas en los oficios de permiso mediante los cuales fueron aprobadas las actividades de sondeo, los cuales deben ser cumplidos a cabalidad.
      3. El CMN reitera su postura respecto a que la IIFF Pique Auxiliar Cal y Canto debe ser sometida a rescate arqueológico, dada su importancia para la arqueología histórica de Santiago, en consideración a la magnitud de la intervención proyectada en el sector. Se aclara que como criterio del Consejo de Monumentos Nacionales la presencia de material arqueológico en estratigrafía indica la existencia de un sitio arqueológico, independiente de la integridad de sus depósitos, ya que la remoción estratigráfica también se debe considerar como parte del proceso de formación de sitio, particularmente en contextos urbanos de larga data de ocupación histórica y prehispánica.  
      4. Se deberá remitir un listado de las IIFF actualizadas del proyecto, indicando las caracterizaciones pendientes de realizar en predios donde el titular ya tiene acceso, además de incorporar una lista de los terrenos que no podrán ser intervenidos durante la evaluación ambiental.
      5. Se deberá justificar adecuadamente por qué realizarán la caracterización arqueológica de los piques de ventilación una vez obtenida la RCA, y no durante la evaluación ambiental.
      6. Una vez intensificada la grilla de sondeos, se deberán remitir propuestas de rescate individualizadas por pique, elaboradas a partir de un porcentaje de la extensión total de cada sitio, cuyas unidades deberán ser distribuidas de forma equitativa en las zonas de alta, mediana y baja densidad de material.
        1. De acuerdo a lo anterior, y en base a los antecedentes remitidos en los apartados de Línea de Base y Antecedentes del PAS 132, el CMN indica que no puede dar conformidad a la propuesta de rescate del Pique Estación Padre Hurtado hasta conocer la extensión de cada área de densidad detectada, y verificar que el rescate propuesto alcance el 20% del total del sitio, según lo planteado.
      7. Se indica que en caso de hallazgos aislados durante el monitoreo, se deberán recolectar la totalidad de los materiales (no solo los diagnósticos) y en caso de detectar concentraciones de materiales, rasgos arquitectónicos y/o restos funerarios, se deberá realizar una nueva solicitud de rescate.

       

      Componente paleontológico

      El Titular en su respuesta 3.b de este ítem señala que no es posible implementar el monitoreo de marinas para tramos construidos con el uso de TBM, argumentando que las características de la tuneladora no permiten tener acceso a ellas. Sin embargo, el material triturado en los frentes y transportado por conductos internos en algún momento inevitablemente debe salir a superficie para ser desechado. Inclusive, en el Capítulo 1 del EIA “Descripción del Proyecto”, Capítulo 1.5.1.2.1. Instalaciones interiores, se indica la existencia de un “área de acopio de marinas” y transporte del material con camiones.

      Como ciertamente se puede tener acceso a estas marinas, ya sea acopiadas o transportadas en camiones, el CMN reitera la solicitud de hacer monitoreo paleontológico con frecuencia semanal en las marinas extraídas con uso de TBM, para unidades con potencialidad paleontológica fosilífera alta y moderada, utilizando la metodología propuesta en la Guía de Informes Paleontológicos del CMN y su Anexo de Técnica de lavado y tamizado.

    3. Permiso Ambiental Sectorial N° 133 de Zona Típica (ZT)

      El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) no da conformidad a los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial N° 133 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, referente a intervenciones en Zona Típica.

      Respecto al Anexo VI.4 Actualización PAS 133, y en específico en los antecedentes de la Expresión Superficial de Cal y Canto, Bellas Artes (Pique Construcción 9) y Baquedano, se reitera que los planos proporcionados resultan ser esquemáticos y referenciales. Se requiere un levantamiento en formato, escala y expresión coherente y legible, que permita identificar la situación actual y la propuesta de proyecto de manera precisa.

      En razón de lo anterior, se reitera para la Expresión Superficial de Cal y Canto lo indicado en el Ord. CMN Nº 3911 del 06.09.2019:

      1.   Entregar planimetría de arquitectura en calidad de proyecto, debidamente valorizada, acotada y a una escala adecuada (1:50 o 1:100). Considerando para ello, plantas, elevaciones, cortes y detalles, así como también planos que grafiquen en amarillo los elementos que se demuelen y en rojo los elementos que se construyen.

      2.   Entregar escantillones del diseño de la escotilla y ascensor a la estación (escala 1:25 o 1:10).

      3.    Entregar proyectos de especialidades (iluminación, pavimentos, mobiliario, etc.) en calidad de proyecto de arquitectura. La planos deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      4.  Entregar proyecto de paisajismo en calidad de proyecto de arquitectura, indicado los árboles que se cortan, los que se trasladan y los que no se ven afectados por las obras (exteriores e interiores) de las instalaciones de faena. Los planos deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      5.  Actualizar los fotomontajes entregados (Figura 108), ya que existen incongruencia con los planos entregados.

      6.   Entregar 6 fotomontajes fidedignos adicionales de la propuesta. Se deben incorporar al menos dos vistas desde y hacia el MH Mercado Central. 

      7.     Entregar un Anexo aparte con EETT detalladas, este documento debe venir firmado por los profesionales responsables.

      8.  Se recomienda utilizar para el diseño del espacio público el siguiente documento “Lineamientos del CMN para espacios públicos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales” https://www.monumentos.gob.cl/servicios/tramites/lineamientos-recomendados- proyectos-intervencion-espacios-publicos-areas

      9.     Entregar durante la presente evaluación ambiental la propuesta museográfica, artística o patrimonial de la instalación de faenas (IIFF), en virtud de que éstas estarán aproximadamente 6 años en el área protegida. Se debe desarrollar formalmente en planimetría y EETT los cierros, además se debe entregar una memoria con la propuesta, los compromisos de mantención y el detalle de seguridad antivandálica.

      Respecto a la Expresión Superficial de la ventilación forzada en Bellas Artes, se reitera lo indicado en el Ord. CMN Nº 3911 del 06.09.2019:

      1.   Entregar planimetría de arquitectura en calidad de proyecto, debidamente valorizada, acotada y a una escala adecuada (1:50 o 1:100). Considerando para ello, plantas, elevaciones, cortes y detalles, así como también planos que grafiquen en amarillo los elementos que se demuelen y en rojo los elementos que se construyen.

      2.      Entregar proyectos de especialidades determinando selección de luminarias, mobiliario, pavimentos, paisajismo, estos elementos deberán incorporarse a los antecedentes con sus respectivos catálogos (Consultar catálogo de la Dirección de Ornato, Parques y Jardines de la I. Municipalidad de Santiago). Los planos de arquitectura deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      3.      En relación al punto anterior, se solicita incorporar EETT detalladas de cada una de las obras y elementos a incorporar en la expresión superficial. Este documento debe venir firmado por los profesionales responsables.

      4.      Presentar 4 nuevos fotomontajes, incluyendo vistas fidedignas, en particular a sectores o inmuebles relevantes del área protegida, como por ejemplo, desde la ventilación al MH Museo Nacional de Bellas Artes o ICH El Castillito y de su relación con el río.

      5.       Respecto a la instalación de faenas, deberá indicarse gráficamente el desvío de las circulaciones, referidas a la ciclovía y paseo peatonal existentes.

      6.  Se recomienda utilizar para el diseño del espacio público el siguiente documento “Lineamientos del CMN para espacios públicos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales” https://www.monumentos.gob.cl/servicios/tramites/lineamientos-recomendados- proyectos-intervencion-espacios-publicos-areas

      7.     Entregar durante la presente evaluación ambiental la propuesta museográfica, artística o patrimonial de la instalación de faenas (IIFF), en virtud de que éstas estarán aproximadamente 6 años en el área protegida. Se debe desarrollar formalmente en planimetría y EETT los cierros, además se debe entregar una memoria con la propuesta, los compromisos de mantención y el detalle de seguridad antivandálica.

      Respecto a la Expresión Superficial que ocultará las obras del pique de construcción en el cabezal del Parque Forestal, entre las intersecciones de Av. Vicuña Mackenna, Av. Cardenal José María Caro y calle Merced, se solicita lo siguiente:    

      1.       Dada la relevancia histórica, social, paisajística y medio ambiental del sector, el CMN solicita que se desarrolle un proyecto de expresión superficial que ponga en valor el Monumento Público (MP) Fuente Alemana, así como también, la calidad que posee de portal de acceso al acontecer de parque. Por consiguiente, se requiere mayor precisión y rigurosidad en su diseño, el cual deberá mantener su calidad de área verde “parque” y no convertirse en una plaza.  

      2.   Entregar planimetría de arquitectura en calidad de proyecto, debidamente valorizada, acotada y a una escala adecuada (1:50 o 1:100). Considerando para ello, plantas, elevaciones, cortes y detalles, así como también planos que grafiquen en amarillo los elementos que se demuelen y en rojo los elementos que se construyen.

      3.     Entregar proyectos de especialidades determinando selección de luminarias, mobiliario, pavimentos, estos elementos deberán incorporarse a los antecedentes con sus respectivos catálogos (Consultar catálogo de la Dirección de Ornato, Parques y Jardines de la I. Municipalidad de Santiago). Los planos de arquitectura deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      4.   Entregar proyecto de paisajismo en calidad de proyecto de arquitectura, indicado los árboles que se cortan, los que se trasladan y los que no se ven afectados por las obras (exteriores e interiores) de las instalaciones de faena. Los planos deben venir valorizados, acotados y a una escala 1:100 o 1:50.

      5.     En relación al proyecto de paisajismo, se requiere presentar al menos 4 cortes que muestren la altura, ancho y profundidad (sustrato) de los árboles que se trasplantarán, retirarán o incorporarán en el sector del pique en Baquedano, así como en el interior de la instalación de faenas.

      6.       Entregar EETT detalladas de cada una de las obras y elementos a incorporar en la expresión superficial. Este documento debe venir firmado por los profesionales responsables.

      7.      Actualizar los fotomontajes entregados (Figura Vi-7, Vi-8 y 106), ya que no se condicen con la realidad.

      8.   Presentar 5 nuevos fotomontajes en etapa de construcción del proyecto (instalación de faenas), incluyendo imágenes objetivo fidedignas: desde y hacia el MP Fuente Alemana, desde calle Merced, Av. Vicuña Mackenna, Av. Cardenal José María Caro, Plaza Italia y vistas al interior de la ZT Parque Forestal.

      9.    Presentar 7 nuevos fotomontajes en etapa de operación, incluyendo imágenes objetivo fidedignas: desde y hacia el MP Fuente Alemana, desde calle Merced, Av. Vicuña Mackenna.

      10. Se recomienda utilizar para el diseño del espacio público el siguiente documento “Lineamientos del CMN para espacios públicos protegidos por la Ley de Monumentos Nacionales” https://www.monumentos.gob.cl/servicios/tramites/lineamientos-recomendados- proyectos-intervencion-espacios-publicos-areas

      11.  Entregar durante la presente evaluación ambiental la propuesta museográfica, artística o patrimonial de la instalación de faenas (IIFF), en virtud de que éstas estarán aproximadamente 6 años en el área protegida. Se debe desarrollar formalmente en planimetría y EETT los cierros, además se debe entregar una memoria con la propuesta, los compromisos de mantención y el detalle de seguridad antivandálica.

  3. Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación
    1. Componente arquitectónico

      El CMN reitera lo indicado en el Ord. CMN Nº 3911 del 06.09.2019, en cuanto a que las medidas de mitigación y compensación propuestas para el componente son insuficientes para la envergadura del proyecto y su impacto. Por tanto, se solicita:

      a)    Reevaluar la medida de mitigación MM-5: Expresión superficial y paisajismo en MH Palacio Schacht, ya que esta no corresponde porque es parte de las obras necesarias del proyecto.

      b)      Reevaluar la medida de mitigación MM-7 Expresión superficial y paisajismo en Zona Típica Parque Forestal y Entorno, debido a que no se entregan los antecedentes que respalden la propuesta.

      c)    Completar la medida de mitigación MM-8: MM-8 Cierre perimetral temático para intervención en MH y ZT, debido a que se debe desarrollar la propuesta de acuerdo a lo indicado en el cuerpo de este oficio. Se debe entregar un proyecto de intervención para la IF Estación Baquedano, IF Estación Cal y Canto, IF Pique Construcción 9 e IF Pique Auxiliar de la Estación Pedro de Valdivia.

      d)  Reevaluar la medida de mitigación MM-10: Traslado y Puesta en Valor de Monumentos Públicos intervenidos por instalaciones de faena, esta se encuentra aún incompleta.

      e) Reevaluar la medida de compensación MC-7 Compensación de árboles históricos de la ZT, ya que esta acción es parte de las obras del proyecto.

      f)  Reevaluar la medida de compensación MC-8 Relocalización de árboles presentes en IIFF, ya que esta acción es parte de las obras del proyecto.

      g)      Completar la medida de compensación MC- 13 Traslado y Puesta en Valor de Monumentos Públicos intervenidos por IIFF, se requiere desarrollar a cabalidad los proyectos de Puesta en Valor de los monumentos, ya que se encuentran incompletos.

      h) Evaluar como medida de compensación (de acuerdo con el análisis de impactos): propuestas de puesta en valor, protección y de restauración para el MP Fuente Alemana y MP Manuel Rodríguez, derivada de su ubicación cercana a IIFF, considerar en esta propuesta el entorno.

    2.  Componente arqueológico

      El titular plantea las siguientes medidas de mitigación y compensación en el Anexo IX “Plan de Manejo Arqueológico” de la presente Adenda:

      Medidas de Mitigación

      1.    Respecto al informe de monitoreo arqueológico permanente, el CMN reitera que el plazo máximo para remitirlo a la Superintendencia del Medio Ambiente es de 15 días hábiles luego de terminado el mes.

      2.    También se reitera que las charlas de inducción a los trabajadores deben tener periodicidad mensual y no bimestral como plantea el titular en la Adenda.

      3.    Respecto a los hallazgos no previstos, el CMN aclara que ante hallazgos aislados producidos durante el monitoreo arqueológico permanente, se deben recolectar la totalidad de los materiales y no solo los diagnósticos como plantean en el documento.

      4.    En caso de identificar concentraciones de material, rasgos estructurales y restos bioantropológicos, durante el monitoreo, se indica que estos no podrán ser rescatados en el marco de los permisos vigentes. Se deberá remitir una nueva solicitud arqueológica (según art. 7º Reglamento Nº 484 de 1990) y luego que el CMN otorgue el permiso mediante oficio se podrá proceder a realizar el rescate. Una vez realizada la actividad, se deberá elaborar un informe ejecutivo para ser evaluado por este organismo y solo se podrá dar continuidad a las obras con la aprobación de dicho informe vía oficio. 

       

      Medidas de Compensación

       

       

      1.    El CMN acoge el rescate arqueológico del 20% de los sitios identificados, distribuido en áreas de alta, mediana y baja densidad. En caso de no poder rescatar el porcentaje indicado se deberá justificar con criterios técnicos e incluir una nueva propuesta de rescate individualizada por sitio, las que serán evaluadas caso a caso por esta institución.

      2.    Respecto a la propuesta de difusión mediante una publicación en revista de circulación masiva y la puesta en valor de los sitios arqueológicos en al menos 3 estaciones, el CMN acoge la propuesta, pero considera que las medidas son insuficientes en relación al impacto que generará el proyecto, por lo que el titular deberá considerar la implementación de medidas adicionales.

    3. Componente paleontológico

      El titular en su respuesta 16.d de este acápite, indica nuevamente que por las características de la tuneladora TBM no es posible acceder a las marinas. Como ya se indicó anteriormente, acceder a las marinas si es posible, por lo que se reitera al titular que remita, durante la presente evaluación ambiental, una propuesta metodológica que asegure la revisión de marinas con frecuencia semanal, utilizando los criterios entregados en la Guía de Informes Paleontológicos del CMN y su Anexo de Técnica de lavado y tamizado.

      Medidas de compensación asociadas al artículo 10 del D.S. N° 40/2012, del MMA:

      Se deja constancia que el titular ha acogido las siguientes medidas de compensación que fueron solicitadas por el CMN mediante Ord. N° 3911 del 06.09.2019: 

      -          MC-5 Divulgación científica de la flora y fauna pleistocénica en Chile Central. 

       

      -          MC-6 Patrocinio de artículo científico en revista indexada.  

      Por otro lado, el titular rechaza las medidas que fueron solicitadas por el CMN en el mismo documento:  

      -          Generación de material de difusión y divulgación en paleontología. 

      -          Muestra paleontológica itinerante.

      -          Difusión en los medios de comunicación audiovisual de Metro.

      Al respecto, informamos que el CMN acoge la implementación de las medidas de compensación MC-5 y MC-6, mientras que para las tres medidas que han sido rechazadas por el titular se solicita considerar su implementación, pero condicionadas a la cantidad y calidad de material fosilífero recuperado en las excavaciones planificadas para este proyecto, en función de criterios de  singularidad, potencial de información científica y valor patrimonial, descartándose su implementación en caso contrario. Para resolver si aplicarán o no las medidas descritas, esta decisión deberá resolverse una vez ejecutadas y realizadas todas las excavaciones del proyecto y se disponga de, al menos, un análisis taxonómico preliminar de todas las muestras obtenidas. Además se solicita que este aspecto sea materia de discusión en las mesas de trabajo acordadas para planificar la medida de divulgación científica de la flora y fauna pleistocénica en Chile Central (Medida MC-5), la que deberá convocarse formalmente vía oficio del CMN. 

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

 



Erwin Brevis Vergara
Secretario Técnico
Consejo de Monumentos Nacionales


MBR/MAR

C/c:
  • Sr. Pablo Jaque, Encargado Oficina Técnica CMN Región Metropolitana
  • Sr. Manuel Acosta, CMN
  • Srta. Fernanda Castro, CMN
  • Srta. Mara Cruz, CMN
  • Srta. Francisca Correa, CMN
  • Sr. Alejandro Cornejo, CMN
  • Sr. Ricardo Riffo, CMN
  • Ingreso CMN N° 2107-20
  • CMN SEIA N° 460-20
  • Archivo
Fuente: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=bb/e3/301ab72bb0a4d02371e5fd9939e1c5f1e4eb